Regulariza tu vivienda (Ley del Mono)

¿Porque regularizar?, de acuerdo a la Ordenanza general de urbanismo y construcción, vigente desde el año 1929, toda obra nueva, ampliación o remodelación, deberá contar con un permiso de edificación otorgada por la municipalidad respectiva, para lo cual se debe cumplir con una serie de requisitos, contratar los profesionales competentes en cada especialidad, presenetar planos y estudios técnicos y obtener las aprobaciones respectivas.-
Pero este proceso para muchas familias chilenas, es largo, tedioso y caro, por lo que optan consiente o inconscientemente a usar un sistema denominado “Arquitectura Espontánea”, que en realidad consiste en hacer ampliaciones de sus viviendas, sin pensar si realmente cumplen con las normas vigente, sin asesoría técnica,legal y por supuesto sin permisos municipales, solo pensando en resolver sus necesidades.
Pero al no cumplir con las normas mínimas, estas ampliaciones u obras nuevas se vuelven irregularizables, entonces para no demoler la totalidad o parcialmente estas obras, las autoridades han pensado en darle una salida, es decir en forma excepcional, dictar una ley por un periodo acotado en el tiempo, que permita regularizar estas situaciones. Otro aspecto importante creo para los propietarios, es que al vender sus inmuebles, las tasaciones no consideran las ampliaciones clandestinas, en los prestamos hipotecarios, no cuentan tampoco estas ampliaciones y finalmente se exponen a que la municipalidad local los presiones para regularizar y en algunos casos hasta demoler las ampliaciones que no cumplen con las normas vigentes.(Fuente: Blog de Incobe)
Ley 20.251
ARTICULO TRANSITORIO 1° REGULARIZACION DE VIVIENDAS HASTA 520 UF
OBJETO DE REGULARIZACION
- Vivienda social ( Según Art. 6.1.2 de la OGUC)
- Viviendas con tasación de construcción no mayor de 520 UF
En ambos casos la vivienda puede estar ubicada en el área urbana o rural.
RESULTADO
Certificado de regularización que es simultáneamente un permiso de Edificación y Recepción Definida.
REQUISITOS
- Ser propietario.
- Viviendas social (particular, no local comercial o sedes sociales), progresiva, infraestructura sanitaria o cuyo valor de tasación de la construcción no sea superior a 520 UF.
- Construidas antes del 4 de marzo 2008.
- Emplazadas en arreas urbanas o rurales.
- Con o sin permiso de edificación y que no cuenten con recepción final.
- No estar en zonas de riesgo, protección, declaratorias de utilidad publica y estar de acuerdo con los usos de suelo del plan regulador.
- Contar con profesional.

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Teléfono: 81446867
Email: sergioahumada1@yahoo.es
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5 Respuestas para Regulariza tu vivienda (Ley del Mono)
hola quisiera saber que precio tiene hacer este tramite y que requisitos
atte
mauricio garate
Paz del Señor.
Estimado en primer lugar le agradezco que halla visitado esta publicación.
Con respecto a su pregunta :
- El servicio que ofrezco es de $1.500 por metro cuadrado (conversable)
- Se pagará el 50% por adelantado cuando se visite la propiedad del cliente para tomar mediciones
- Aproximadamente en una semana de plazo se reunirá la carpeta con la documentacion pertinente, y deberá pagarse el 50% restante
En el municipio:
- Permiso de edificacion (50% gracias a la nueva Ley)
- Si la vivienda es contruida en madera sera de $1500 aproximado por metro cuadrado
- si es en solido sera $2000 por metro cuadrado aprox
Espero haber ayudando a sus consultas :
Hermano Sergio Ahumada
hola, me gustaria saber cual es el precio para regularizar , me refiero a la ley del mono, para 40m2
Deseo saber el precio a pagar por el servicio de regularizar 33 m2 por la Ley del mono



























hola quisiera saber 1º articulo transitorio
vivienda social
vivienda hasta 520 uf
cuanto sale este tramite
atte carlos